experimentado condiciones laborales desfavorables y una serie de obstáculos para que el
Estado reconozca sus derechos. Téngase en cuenta que, las afectaciones emocionales e
incluso psicológicas de los problemas económicos, son graves (Salazar Ardila & Jiménez
Sepulveda, 2019).
Para conocer la lucha que han llevado a cabo históricamente los educadores
populares comunitarios, describió detalladamente el contexto laboral, revelando las
condiciones de trabajo y los bajos salarios que recibían los empleados desde el inicio.
Después de la dolarización el salario básico se estableció en 56,65 dólares, pero a estos
educadores se les pagaba solo 10 dólares mensuales, evidenciando una exclusión
sistemática de beneficios laborales mínimos. En el 2006, los educadores iniciaron un proceso
de exigencia de inclusión en el sistema de seguridad social del IESS, pero solo un pequeño
grupo logró ser beneficiado, dejando a la mayoría sin acceso a este derecho fundamental.
La representante a los educadores, en Manabí, interpuso una demanda en el 2008;
consiguiendo en primera instancia que se reconocieran ciertos derechos como el décimo
tercero, décimo cuarto y vacaciones. Sin embargo, el Ministerio de Educación apeló la
decisión, lo cual, llevó el caso a la segunda instancia de lo contencioso administrativo en
Quito donde la sentencia fue parcialmente favorable, ya que, se les reconoció únicamente el
derecho a la seguridad social bajo el argumento de que los educadores populares eran
alfabetizadores y no personal del Ministerio de Educación.
Este limitado reconocimiento, impulsó a los educadores a llevar el caso a la Corte
Constitucional, donde se ratificó la sentencia en 2016, beneficiando a 184 personas. A pesar
de esta victoria, el proceso fue complicado por la falta de apoyo de las autoridades y cambios
en la administración del IESS, lo cual, retrasó aún más los pagos y generó múltiples
dificultades administrativas.
Los testimonios indican que la falta de acceso a pagos y beneficios, especialmente el
derecho a la seguridad social ha generado una precarización significativa en la vida de los
educadores populares. Esta exclusión les ha obligado a asumir estrategias de subsistencia
alternativas, como solicitar ayuda económica a sus familiares y realizar trabajos informales.
Entre los principales efectos negativos en la calidad de vida destacan las limitaciones en el
acceso a bienes y servicios esenciales, la dependencia económica de terceros y un impacto
en la estabilidad emocional y familiar.
Entre los entrevistados se reportan dificultades para cubrir gastos básicos como
alimentos, medicamentos y servicios médicos, situación que es grave para quienes padecen
enfermedades crónicas ya que el acceso a tratamientos indispensables se encuentra
comprometido. Además, los insuficientes ingresos regulares han provocado que estos
educadores, en su mayoría personas de edad avanzada, dependan de sus familiares para
satisfacer sus necesidades diarias, afectando su sentido de autonomía y dignidad lo que es
especialmente evidente en uno de los entrevistados, quien necesita ayuda familiar para
solventar gastos médicos debido a su condición de Alzheimer. La imposibilidad de planificar
económicamente y la frustración acumulada se reflejan en el testimonio de otro de los
entrevistados, quien expresa que la falta de ingresos le ha impedido cumplir con objetivos
familiares importantes, como compartir momentos significativos con sus seres queridos.
Los educadores populares enfrentan una situación de vulnerabilidad debido a la
exclusión de beneficios laborales y de seguridad social a pesar de haberse emitido
resoluciones y sentencias favorables, como la Resolución N° 390-2013 de la Corte Nacional
de Justicia, el Estado no ha efectivizado la garantía de estos derechos, limitándola a una
afiliación parcial al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) sin otorgar
compensaciones económicas justas. En cuanto a la implementación de las resoluciones, se
observó un trato diferenciado y falta de reconocimiento pleno hacia estos educadores, ya que,
a pesar de su del impacto positivo que tienen en la sociedad, siguen siendo excluidos de
beneficios equivalentes a los otorgados a los docentes, limitándoles a una afiliación parcial y
sin remuneración adicional, lo cual, contradice los principios constitucionales de igualdad y
no discriminación en el acceso a derechos sociales y laborales.